Solicita tu Kit Digital antes de que se agote: la única ayuda a fondo perdido... ¡y sin adelantar el IVA!

Es ahora o nunca: la subvención con cargo a los Fondos Europeos Next Generation que está cambiando el presente y futuro digital de las empresas españolas. Según tu tamaño de empresa, tienes hasta 29.000 euros concedidos para proyectos digitales. Y si lo solicitamos nosotros desde Canarias… ¡te ahorras el IVA!

Todo lo que debes saber sobre el Kit Digital: Preguntas Frecuentes

De todas las subvenciones que da el Gobierno, seguramente esta sea la más sencilla de la Historia para el beneficiario, porque no tiene que hacer casi nada.

El agente digitalizador (que somos nosotros) se encarga de hacer todas las gestiones en tu nombre para solicitarte la ayuda, luego se encarga de prestar el servicio que hayas escogido de todas las categorías que hay disponibles, y luego justifica ante Red.es (que es la entidad que concede la ayuda) que lo ha prestado efectivamente para cobrar por el mismo.

El beneficiario (autónomo o empresa) no recibe ningún importe en efectivo, sino que recibe el servicio directamente. 

 
 
 
 
 
 
 

Pues ahora mismo puedes gastar tu bono en alguna de estas categorías: 

  1. Sitio web y presencia básica en internet.
  2. Comercio electrónico.
  3. Gestión de redes sociales.
  4. Gestión de clientes.
  5. Business intelligence y analítica.
  6. Gestión de procesos.
  7. Gestión de la facturación y factura electrónica.
  8. Servicios y herramientas de oficina virtual.
  9. Comunicaciones seguras.
  10. Ciberseguridad.
  11. Presencia avanzada en internet.
  12. Marketplace.
  13. Servicio de Ciberseguridad Gestionada.
  14. Gestión de clientes con IA asociada.
  15. Business Intelligence y analítica e IA asociada.
  16. Gestión de procesos con IA asociada.
  17. Puesto de trabajo seguro (el famoso «ordenador gratis» que habrás visto en redes, y que sólo se aplicará al Segmento III, es decir, autónomos y empresas con hasta 3 empleados).
 
 
 
 

Las solicitudes se pueden presentar hasta el 31 de diciembre de 2024… pero ¡ten cuidado! Serán en régimen de concurrencia no competitiva, hasta agotar los fondos (y es seguro que eso ocurra antes de diciembre de 2024).

 
 
 
 
 
 

Sí a lo primero, No a lo segundo. 

Me explico: El Kit Digital debe ser computado como ingreso en forma de subvención, pero también emitimos factura a tu nombre, por lo que aunque lo computes como ingreso también tendrás un gasto por el mismo importe. 

Así que a nivel de impuestos, quedamos a cero: no te afecta. 

Si además lo gestionas con nosotros, que estamos en Canarias, te ahorras el IVA (que sería el único impuesto que sí tendrías que pagar). 

 
 

Los segmentos son los grupos de empresas a los que se dirige la ayuda. Para canalizar mejor el Kit Digital, la entidad pública Red.es ha «segmentado» los beneficiarios en diferentes «Segmentos» (valga la redundancia). Así, tenemos: 

  1. Segmento I: Pequeñas empresas desde 10 hasta 49 empleados. 
  2. Segumento II: Pequeñas empresas desde 3 hasta 9 empleados. 
  3. Segmento III: Pequeñas empresas y autónomos con entre 0 y 2 empleados. 
  4. Segmento IV (nuevo en mayo de 2024): Medianas empresas con entre 50 y 99 empleados. 
  5. Segmento V (nuevo en mayo 2024): Medianas empresas con entre 100 y 249 empleados. 

Para el cálculo de empleados te pedirán un informe de la Seguridad Social donde se puede ver tu media de empleados durante el año pasado. Esa será la referencia a usar.

 
 

Pues las categorías son el tipo de servicios en los que te puedes gastar el bono que te concedan. Ahora mismo puedes gastar tu bono en alguna de estas categorías: 

  1. Sitio web y presencia básica en internet.
  2. Comercio electrónico.
  3. Gestión de redes sociales.
  4. Gestión de clientes.
  5. Business intelligence y analítica.
  6. Gestión de procesos.
  7. Gestión de la facturación y factura electrónica.
  8. Servicios y herramientas de oficina virtual.
  9. Comunicaciones seguras.
  10. Ciberseguridad.
  11. Presencia avanzada en internet.
  12. Marketplace.
    Servicio de
  13. Ciberseguridad Gestionada.
  14. Gestión de clientes con IA asociada.
  15. Business Intelligence y analítica e IA asociada.
  16. Gestión de procesos con IA asociada.
  17. Puesto de trabajo seguro (el famoso «ordenador gratis» que habrás visto en redes, y que sólo se aplicará al Segmento III, es decir, autónomos y empresas con hasta 3 empleados).

Una vez te concedan tu bono con el importe correspondiente, podrás gastarlo en alguna de estas 17 soluciones con tu Agente Digitalizador. 

Estar dado de alta desde hace más de 6 meses en el IAE (Hacienda) y como en todas las subvenciones, cumplir con requisitos comunes como: 

  • No estar en crisis o en causa de disolución. 
  • No tener deudas con Hacienda o Seguridad Social
  • No haber solicitado anteriormente la ayuda
 
 
 
 

Se han establecido 3 segmentos en función del tamaño de la empresa: 

  • Segmento I Entre 10 y 49 empleados : 12.000€
  • Segmento II Entre 3 y 9 empleados : 6.000€
  • Segmento III Entre 0 y 2 empleados : 2.000€
  • Segmento IV: Entre 50 y 99 empleados: 25.000€
  • Segmento V: Entre 100 y 249 empleados: 29.000€

Puedes repartir el bono concedido entre varios servicios.

Por ejemplo: una empresa del Segmento I que tenga 12.000 euros concedidos, puede gastar 2.000 euros en una nueva web, 2.000 euros en la gestión de redes sociales y 6.000 euros en digitalizar procesos en la empresa.

Los 2.000 euros restantes puede gastarlo en otros servicios de digitalización, o si no los gasta, no pasa nada: se reintegran y quedan disponibles para otros beneficiarios. En cada servicio tienes que pagar el IVA correspondiente (salvo si lo gestionas con nosotros, que estamos en Canarias y aquí no hay IVA). 

 
Tu Kit Digital sin adelantar el IVA

Y no, no es ninguna treta legal ni mucho menos.

Esto se debe a un mecanismo fiscal llamado «inversión del sujeto pasivo», y que los canarios conocemos muy bien (porque a la inversa también funciona y nos permite no tener que adelantar el IGIC canario, nuestro equivalente al IVA).

La inversión del sujeto pasivo es un sistema que se aplica en las operaciones entre empresas de diferentes territorios fiscales dentro de España, como es el caso de las Islas Canarias y la península.

Cuando emitamos la factura, se emitirá sin IVA, por lo que no tienes que adelantarlo en tu Kit Digital. Es decir, siguiendo el ejemplo anterior:

Si la factura por tu web, por ejemplo, son 1990€ antes de impuestos, pues el Estado pagará los 1990€ (nos lo ingresará a nosotros algún día…) y llevará un 0% de IVA por Inversión del Sujeto Pasivo.

Puedes echar un vistazo a:

  • Ley 37/1992 del IVA: Artículos 69.1.1º, 70 y 84.1.2ª
  • Ley 20/1991 del IGIC: Artículos 17.1.1º y 19.1º.
  • Real Decreto 1619/2012: En su artículo 6.1.m. nos detalla cómo se deben elaborar las facturas
  

Web Básica

0
  • Dominio y Hosting incluido 1 año
  • Desarrollo Web
  • Accesibilidad Incluida
  • Web Multi-Idioma Incluida
  • Configuración de Correo Electrónico

Tienda Online

0
  • Dominio y Hosting incluido 1 año
  • Desarrollo Web y Subida Productos
  • Configuración Pagos y Envíos
  • Accesibilidad Incluida
  • Configuración Correo Electrónico

Gestión de Redes Sociales

0
  • Gestión de 2 redes durante 1 año
  • Configuración de Perfiles
  • Creación de Contenidos y Posts
  • Plan de Social Media Incluido
  • Formación sobre redes incluida

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